OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA INTIMIDAD Y AL LIBRE ALBEDRÍO

martes, 18 de septiembre de 2007

LA ESPAÑA DE ANTES

Se puede decir que en la legislación antiterrorista de España y de Europa, hay un antes y un después de los atentados del 11 de septiembre de 2001, debido al poder de convicción del amigo americano.

Antecedentes franquistas
Si la dictadura de Franco recurrió al Estado de Excepción para ampliar los poderes de la Policía y del Ejercito (¡¡¡todavía más!!!) en su lucha contra ETA, la España democrática, surgida de la Constitución de 1978, además de heredar los atentados etarras, también heredó algunas medidas de control y la creencia de necesitar unos mecanismos policiales y jurídicos excepcionales para luchar contra el terrorismo.
Nos referimos en concreto a las siguientes medidas:

DNI
El Documento Nacional de Identidad fue creado en 1944 justo al acabar la Guerra Civil para tener más y mejor controlados a los españolitos. Lo expide la Policía y es obligatorio para todos los ciudadanos mayores de 14 años que lo han de llevar obligatoriamente al salir a la calle. Hasta la Familia Real lo tiene.
Incluye cuantos datos quiera el Gobierno ya que la ley se lo autoriza (de momento un número único, la huella digital, la foto y la firma). ¿Por cierto, qué interés policial tienen los nombres de los padres, el lugar de nacimiento o el sexo?
Este mecanismo policial de control nunca ha sido un impedimento para los etarras que han robado lotes enteros de documentos vírgenes de las Comisarías.
Aunque a fuerza de costumbre nos parezca normal e incluso útil, hay países como el Reino Unido o los Estados Unidos que hasta ahora han funcionado muy bien sin él.
Ahora estamos inmersos en la sustitución del DNI tradicional por un DNI electrónico, que habrá que estudiar con lupa por sus posibles excesos controladores.
La Policía tiene previsto integrar el pasaporte electrónico en el DNI electrónico.
¡Somos un número!

Control de hoteles
Todos los hoteles deben comunicar diariamente a la Policía la identidad de los huéspedes. Este control ya se realizaba desde 1959 en la dictadura de Franco.

Ley de la patada en la puerta
El ministro socialista J. l. Corcuera ha conseguido pasar a la Historia al promover en 1992 una polémica legislación sobre Seguridad Ciudadana en sustitución de la franquista Ley de Orden Público.
Entre muchos otros aspectos negativos, legaliza la Identificación policial en la calle y cuando no sea posible la “Retención” llevándote a Comisaría sin asistencia letrada. ¿Por cierto, cuánto tiempo mantiene la Policía los datos de los identificados?
La ley, también, permitía la entrada de la Policía en tú domicilio si "sospechaba" que se está cometiendo un delito. Afortunadamente el Tribunal Constitucional lo declaró inconstitucional. Lamentablemente, la Retención y los cacheos fueron considerados, constitucionales.

Duración de la detención
Los sospechosos de terrorismo pueden estar detenidos por la policía un máximo de 5 días antes de ser llevados ante el juez, dos días más que el resto de sospechosos. Mantener durante 3 ó 5 días recluida en una Comisaría a una persona sin el aval judicial no parece tener muchas justificaciones, y más considerando que el detenido legalmente, y si así lo decide, puede guardar silencio ¿O primero se detiene y después se investiga?
Cuanto más tiempo esté un detenido lejos del control judicial, mayor es el riesgo de que sufra malos tratos psicológicos o físicos. En estás situaciones, la justificación de las cámaras de videovigilancia es evidente.
Recordemos que hay detenidos que son puestos inmediatamente en libertad por el Juez y que las penas las deciden exclusivamente los Tribunales de Justicia.

Incomunicación del detenido
El juez puede ordenar que cualquier detenido sospechoso de terrorismo esté incomunicado durante el tiempo de detención. En estos casos no tendrá derecho a comunicarse con su familia.

La Audiencia Nacional
Se trata de un órgano judicial especial, creado en 1975 para investigar y juzgar todos los casos de terrorismo, en lugar del juzgado de la ciudad en que se comete el delito.

Abogado defensor
Los sospechosos de terrorismo mientras están detenidos no tienen derecho al abogado de su elección y son asistidos por un abogado del Turno de Oficio.

Apología del terrorismo
En 2000 se procede a la ampliación del delito de apología del terrorismo para evitar los homenajes públicos a los etarras muertos y la humillación de las víctimas.

Kale Borroka
Se reforma la Ley del Menor para que los menores de edad que cometan actos de “Lucha Callejera” o "Kale Borroka" sean acusados de "terrorismo de baja intensidad" siendo juzgados por la Audiencia Nacional, pudiendo ser condenados a penas de hasta 10 años de internamiento en un Centro de menores.

Controles de seguridad
En Aeropuertos y en las oficinas de la Administración

Aunque, inicialmente se elaboró una ley específica contra el terrorismo que se suponía excepcional y temporal, con el tiempo sus recortes se han ido trasladando al Código Penal y a otras leyes comunes

Que quede muy, muy claro
No estoy criticando estas medidas (unas tienen mi apoyo, otras excepcionalmente mi comprensión y otras finalmente, mi repulsa total)
Lo que me interesa dejar claro, es que este arsenal parece más que suficiente, si no excesivo, para luchar contra todos los terrorismos que nos acosan.
Otra historia es la mejora en la eficacia de nuestra Policía y de nuestro Sistema Judicial que ya he mencionado en anteriores Entradas (“La Sociedad se defiende” y siguientes)

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