OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA INTIMIDAD Y AL LIBRE ALBEDRÍO

viernes, 17 de agosto de 2007

LEY DE DESPROTECCIÓN DE DATOS

Desde el olímpico año del 92 España cuenta con una ley de protección de datos personales, renovada con el cambio de milenio, aparentemente rigurosa y modélica. Digo aparentemente ya que aunque la ley en general está muy bien y podemos estar bastante orgullosos de la misma, tiene algunos agujeros importantes que también hay que resaltar para que seamos capaces de presionar a nuestros queridos políticos y conseguir corregirla.

Hay que destacar que la Ley crea la Agencia Española de Protección de Datos y reconoce entre otros, los siguientes derechos al ciudadano:

· Derecho de información previo al tratamiento de los datos.
· El tratamiento de los datos requerirá el consentimiento del afectado.


En el caso de los llamados datos sensibles:
· Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. Estos datos sólo podrán ser objeto de tratamiento previo consentimiento expreso y por escrito del afectado.
· Los datos de carácter personal que hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual sólo podrán ser recabados, tratados y cedidos cuando, por razones de interés general, así lo disponga una ley o el afectado consienta expresamente.
· Quedan prohibidos los ficheros creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnico, o vida sexual.

Por otra parte, la legislación que regula la Sociedad de la Información protege con gran efectividad nuestro correo electrónico ya que prohíbe el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico no solicitadas (el llamado Spam que inunda algunas direcciones).

No hay comentarios: