OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA INTIMIDAD Y AL LIBRE ALBEDRÍO

jueves, 27 de agosto de 2009

LIBERTAD QUÍMICA

Siguiendo con el tema de las drogas, o lo que es lo mismo, de la libertad química que se nos niega, leo con alegría en La Vanguardia que la corte suprema de Argentina declara inconstitucional, por violar el derecho a la intimidad, un artículo de la ley que castiga con un mes a dos años de prisión la tenencia para consumo personal de escasa cantidad de droga. ¡Qué locura! ¿Cuántos lo habrán sufrido?
El fallo votado por unanimidad, señala que el consumo de marihuana en el ámbito de la intimidad está protegido por el artículo 19 de la Constitución Nacional, que establece que "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios y exentas de la autoridad de los magistrados".

Cuando recurrimos a la “Moral Pública” entramos en terreno pantanoso y estamos tentados de pedir consejo a Dios. Cuando recurrimos a la “Salud Pública” nos volvemos hipócritas.
Las drogas (excepto las que se fuman) son de consumo VOLUNTARIO y caso de perjudicar, se trata de autoperjuicio (en el extremo, de suicidio), mientras que otros “venenos” que perjudican la salud pública de todos, como la contaminación del aire, del agua o de los alimentos, son de consumo obligatorio y están bendecidos por leyes que únicamente regulan la dosis.
Por otra parte, ¿Qué coste humano y económico tiene la lucha planetaria contra las drogas? Parece que creamos problemas para distraernos de los problemas reales.

No hay comentarios: